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Recursos de protección

Cuando el plazo es corto y hay que actuar ya

Cuando una isapre, un servicio público, una empresa o un particular vulnera un derecho garantizado por la Constitución, el recurso de protección ante la Corte de Apelaciones es la vía más rápida.

El plazo es de 30 días corridos desde el acto que te afecta. No son 30 días hábiles y no se suspende en feriados. Es el plazo que más se pierde por esperar una respuesta que nunca llega.

Qué hacemos

Servicios de esta área

  • Alzas de planes de isapre y negativa de cobertura
  • Actos arbitrarios de la administración y municipios
  • Vulneración del derecho de propiedad y libertad de trabajo
  • Órdenes de no innovar y medidas urgentes

Dudas frecuentes

Sobre recursos de protección

¿Desde cuándo se cuentan los 30 días?
Desde la ejecución del acto u omisión que te afecta, o desde que tomaste conocimiento de él. Si tienes la carta del alza o la negativa de cobertura, la fecha de ese documento es el punto de partida que se va a discutir.
¿Puedo recurrir si ya pasó el plazo?
El recurso de protección se declara inadmisible fuera de plazo. Pero eso no significa que no haya nada que hacer: existen otras vías, más lentas. Conviene revisarlo antes de darlo por perdido.

El fin de tu conflicto comienza aquí.

Escríbenos hoy. Te respondemos dentro de 24 horas con una primera orientación y los pasos a seguir.

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